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PRIMERA
El Ayuntamiento de Madrid convoca los Premios Villa de Madrid con el objetivo de dinamizar la creación, investigación y producción cultural realizada en el municipio de Madrid por creadores, colectivos, instituciones y organizaciones madrileñas que las promueven o producen. Las obras premiadas deberán contribuir al desarrollo cultural y han de estar integradas en el tejido ciudadano en el que participan los creadores, las asociaciones, las instituciones públicas y las industrias culturales.
SEXTA
Los premios podrán ser declarados desiertos. El jurado podrá recoger en el acta una mención especial si lo considera pertinente.
Los premios se considerarán otorgados en firme, una vez comunicados por el jurado a sus respectivos ganadores, y éstos los acepten. En caso contrario serán declarados desiertos.
      SÉPTIMA
El Ayuntamiento de Madrid podrá, dentro de su programación, difundir los premios, así como organizar conmemoraciones de los mismos. Los galardonados deberán presentar a estos efectos la documentación necesaria sin menoscabo de sus derechos de autor.

OCTAVA
El Ayuntamiento de Madrid no se compromete a editarla o representar las obras galardonadas. El autor podrá tanto editarla como representarla libremente siempre que figure tanto en la edición, libreto, programa, cartel o anuncio de la obra, que ésta ha obtenido el “PREMIO VILLA DE MADRID EN SU EDICIÓN 2009”. Únicamente, para efectos de la memoria histórica de los mencionados galardones, el Ayuntamiento de Madrid se reservará los ejemplares de la obra ganadora que conservará, para su custodia, en los archivos del Área de Gobierno de Las Artes.

NOVENA
La responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento de Madrid derivada de la recepción, custodia y devolución de las candidaturas y textos que concurran a este premio se regirá por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y su reglamentación de desarrollo.

DÉCIMA
La participación en esta convocatoria supone la total aceptación de las presentes bases.

UNDÉCIMA
Las presentes bases generales, junto con las bases específicas serán publicadas en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
SEGUNDA
Con esta finalidad se convocan los premios siguientes: Teatro, Poesía, Narrativa, Ensayo y Humanidades, Investigación Municipal, Periodismo, Radio y Televisión, Composición Musical para Banda Sinfónica y para Orquesta, Interpretación y Coreografía de Danza, Actividad Circense, Música Popular, Interpretación Dramática, Humor Gráfico, Pintura, Escultura, Arte Gráfico, Fotografía, Cinematografía y Proyección Internacional de la Ciudad de Madrid.
 
TERCERA
Podrán optar a los premios todas aquellas obras que se integren en alguno de los ámbitos citados en el primer apartado y que hayan sido presentadas, tanto por los autores a título personal, como por entidades públicas o privadas o las que presenten los miembros del jurado. El premio de Teatro “Lope de Vega” y los de Composición Musical, tanto para Banda Sinfónica “Maestro Villa” como para Orquesta “Joaquín Rodrigo”, constituyen excepciones y se regirán por sus propias bases.

CUARTA
Los concursantes presentarán cuantos documentos le sean exigidos en las Bases Específicas de estos concursos y que se consideren necesarios para el adecuado conocimiento por parte del jurado de las características de la obra o trabajo realizado.
En la documentación aportada se consignará el nombre, dirección y teléfono de los autores.
La presentación de la documentación necesaria para concursar a los premios se realizará del 15 al 30 de junio de 2009, ambos días inclusive, por correo certificado o personalmente, de 10 a 14 horas, en la Coordinación de los Premios Villa de Madrid, Área de Gobierno de Las Artes (c/ Gran Vía, 24 - 5ª planta; 28013 Madrid), de lunes a viernes.
Las obras no premiadas podrán retirarse de la misma dependencia de su presentación del 16 al 27 de noviembre de 2009, de lunes a viernes, de 10 a 14 horas. De no hacerlo así, se entenderá que sus autores renuncian a los ejemplares presentados.
     
QUINTA
El jurado será nombrado por el Ayuntamiento de Madrid y estará constituido por un Presidente, cuatro Vocales y un Secretario que tendrá voz, pero no voto. Las funciones de secretario del jurado serán ejercidas por un funcionario municipal con titulación superior.
El jurado estará integrado por expertos de reconocido prestigio en el mundo de la cultura.
El jurado sólo se podrá constituir con la asistencia del Presidente, del Secretario y al menos de la mitad de sus miembros. Si no existiese quórum suficiente, el jurado dispondrá en ese mismo acto de una segunda convocatoria.
Los acuerdos se adoptarán por mayoría de votos.
   
El plazo para presentar la documentación personalmente o por correo postal, será del 15 al 30 de junio de 2009,
ambos inclusive, en las oficinas de la Coordinación de los Premios Villa de Madrid, Área de Gobierno de Las Artes
(Gran Vía, 24, 28013 Madrid), de lunes a viernes, en horario de 10 a 14 horas.
Para más información contactar con: pvm@premiosvillademadrid.com
o en los teléfonos 91 480 49 44 / 40 ó 91 420 39 73